Hito histórico: las parejas de lesbianas no casadas ya pueden inscribir a sus hijos al nacer en hospitales
Alacant, 4 de julio de 2025 – Tras años de obstáculos jurídicos y peticiones desde el movimiento LGTBI+, hoy se consuma una gran victoria: el Gobierno ha emitido una instrucción oficial —publicada el 3 de julio en el BOE— que permite a las parejas de mujeres no casadas inscribir a sus hijos directamente en hospitales, sin necesidad de matrimonio .
🔍 Contexto de la reivindicación
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Hasta ahora, muchas parejas de mujeres se veían obligadas a casarse o recurrir a procesos de adopción engorrosos para que la segunda madre pudiera figurar legalmente; un procedimiento que contrastaba con la presunción automática de paternidad en parejas heterosexuales.
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La reforma de marzo 2023 de la ley trans, que modificó el artículo 44 del Registro Civil, ya permitía teóricamente inscribir a los hijos de parejas de mujeres sin casarse, pero la coexistencia con la ley sobre reproducción asistida —que aún condicionaba esta inscripción al matrimonio— generaba ambigüedad.
🏳️🌈 ¿Qué cambia a partir de ahora?
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La nueva instrucción establece que la firma de la madre no gestante en el formulario de nacimiento hospitalario equivale al reconocimiento de filiación, sin necesidad de estar casadas.
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Se anulan expresamente las menciones contrarias de la instrucción anterior de 2015, garantizando mayor claridad y seguridad jurídica para mujeres y familias diversas .
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El Ministerio de Justicia subraya que esta reforma “no introduce un nuevo derecho, sino que aclara y amplifica uno ya existente” asegurando igualdad real de trato .
🎉 Una reivindicación que al fin se materializa
Este cambio es un triunfo simbólico y práctico para la comunidad lésbica: el fin de discriminaciones persistentes comparadas con parejas heterosexuales, y el reconocimiento de derechos equivalentes desde el propio momento del nacimiento.
Desde Diversitat, miembro de la FELGTBI+ ha celebrado la medida como “la resolución de una demanda histórica”, que representa un avance claro en igualdad de condición y no discriminación por orientación sexual
🛤️ El camino recorrido
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En 2005, con la legalización del matrimonio igualitario, se vio que la filiación de la segunda madre no estaba contemplada.
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En 2007 llegó la opción de adopción conjunta, opción compleja y discriminatoria para muchas parejas.
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En 2023, la ley trans allanó el terreno.
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Y hoy, 2025, la instrucción clarifica lo que ya debería haber sido evidente: una segunda madre no pierde derechos por no estar casada.
🎯 Con este paso, España refuerza su compromiso con los derechos LGTBI+ y la igualdad real en lo más importante: la familia. Un gesto de justicia que llega tras años de lucha y que ahora se inscribe en los protocolos de salud desde el primer día de vida.




